Artículo 3. Requisitos de ingreso:
I.- Contar con nombramiento de Profesor de tiempo completo, con categorías de técnico académico o profesor de carrera asociado y titular, en la Universidad Autónoma de Baja California, y desempeñar funciones de:Docencia frente a grupo en cursos curriculares, generación y aplicación del conocimiento, tutorías y participación en Cuerpos Colegiados congruentes con los programas y proyectos institucionales, y de acuerdo con las recomendaciones del PROMEP.
ΙΙ.− Contar con antigüedad mínima de dos años como académico en la institución, computada al 31 de marzo del año en que inicia el programa, excepto académicos de ingreso reciente o de nuevo ingreso, (que cuenten con reconocimiento vigente del SNI y/o perfil PROMEP), o bien, que se reincorporen de programas de formación en posgrado y que hayan obtenido el grado de doctor.
ΙΙΙ.− Haber impartido docencia en cursos curriculares cumpliendo con un mínimo de seis horas/semana/mes de clases frente a grupo (en ambos semestres), durante todo el período a evaluar, excepto el tiempo correspondiente a los períodos sabáticos. El personal que se encuentre disfrutando de año sabático o de licencias con goce de sueldo dentro de programas de superación profesional y académica aprobados por la institución, excepto becas PROMEP, podrán participar en el Programa de Estímulos, siempre que cumplan con el requisito de presentar su plan de trabajo ante la institución receptora e informe final de sus actividades al reintegrarse a la institución.
IV.− Haber capturado en el Sistema Electrónico PREDEPA la solicitud de ingreso al programa así como la Tabla de Identificación de Actividades, junto con los anexos y formatos indicados en el documento electrónico denominado "Acuerdo Reglamentario para la Organización y Funcionamiento del Programa de Reconocimiento al Desempeño del Personal Académico".
V. − Demostrar, mediante documentos probatorios, todas las actividades mencionadas en la solicitud de ingreso y en el Sistema Electrónico PREDEPA. Por ejemplo alta de movimiento de personal académico de Recursos Humanos que consta de la asistencia a clases durante el año evaluado, presentar constancia de grado académico de maestría, etc.
VI.- Solo podrán participar aquellos profesores que tengan el grado mínimo de maestría (o especialización en el caso de los académicos del área de la salud), de acuerdo con lo propuesto por el "Programa de Mejoramiento del Profesorado" (PROMEP).
VII. − Satisfacer los requisitos y niveles de calidad en el desempeño docente, de acuerdo con el sistema de evaluación establecido en los artículos 13 y 14 del presente Acuerdo Reglamentario.